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ACUERDO ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

ESCUELA SECUNDARIA GRL. DE LA NACIÓN ING. ENRIQUE MOSCONI.

PRESENTACIÓN:
Como institución nos proponemos brindar una formación integral a los estudiantes para su realización como personas en las dimensiones éticas y democráticas favoreciendo su proyecto de vida, comprometidas con:
● Respeto, Empatía y Solidaridad
● Convivencia Armónica
● Autonomía
● Verdad y Justicia
● Responsabilidad y compromiso
● Honestidad
● Participación
● Libertad responsable
● Resolución pacífica de conflictos
● Valoración del Patrimonio Institucional y de los Símbolos Patrios
La “Convivencia Escolar” es la base de la formación ciudadana y constituye un factor clave en la formación integral de los estudiantes, de allí la relevancia de gestionarla adecuadamente y de fortalecerlos en este ámbito, así como de generar las condiciones adecuadas para los aprendizajes, a través de la gestión de un clima escolar favorable.
La presencia de Normas en la Escuela, significa la presencia de límites a determinados comportamientos que se consideran inapropiados. El presente acuerdo está constituido por aquellas normas, que consideramos indispensables para la convivencia escolar ya que implica la especificación de los derechos, obligaciones, transgresiones a las normas, acuerdos de cambio y sanciones de quienes integran la comunidad educativa fundadas en los valores que promovemos.
El Acuerdo Escolar de Convivencia (A.E.C.) que presentamos a continuación surge de la participación y el consenso de todos los actores institucionales.
Este instrumento fue elaborado a través del debate abierto bajo un marco reflexivo y de respeto, con el reconocimiento de los derechos y deberes; tanto de los jóvenes como de los adultos.
El propósito de nuestro A.E.C., es generar los espacios para aprender a convivir en un clima que permita el crecimiento en armonía y respeto; consolidando la autonomía y la capacidad del alumno de vincularse e integrarse a la sociedad como miembro activo y crítico.
A través del Acuerdo de Convivencia se contribuye a:
a) La formación de un estudiante responsable y autónomo.
b) La creación de un clima institucional, armónico, libre de violencia.
c) El logro de los propósitos institucionales.
d) Garantizar los derechos del estudiante.

DEL PADRE, MADRE O TUTOR
Compromisos
1. Conocer, respetar y hacer que sus hijos cumplan las normas que regulan la vida institucional de la comunidad educativa que integran, incluyendo aquellas que puedan surgir ante situaciones excepcionales, fuerza mayor y/o que pudieren complementar al presente.
2. Colaborar activamente con los educadores en el proceso educativo de sus hijos.
3. Concurrir y tomar parte activa en las reuniones y entrevistas a las que sean citados.
4. Prestar su colaboración personal en todas aquellas actividades institucionales que esté a su alcance.
5. Elevar pedidos, quejas o solicitud de reunión, respetando la vía jerárquica correspondiente mediante comunicación formal previa.
6. Comunicar a los preceptores sobre cualquier situación acaecida con su hijo que pueda entorpecer el proceso de Aprendizaje.
7. En caso que los profesionales pertenecientes al gabinete interdisciplinario estimen necesaria la derivación del estudiante a tratamiento profesional, se requerirá el cumplimiento del mismo con la certificación que avale el proceso hasta su finalización.
8. Presentar en tiempo y forma cualquier tipo de documentación, formularios o requerimientos que solicite la Institución para cumplimentar las Normativas Vigentes.
9. Respetar la dignidad, función e integridad física de todos los agentes de la comunidad educativa.
10. Notificarse de toda información que se le envíe a través de los medios de comunicación institucionales.
11. Notificarse por escrito de las sanciones aplicadas por la autoridad escolar a sus hijos. Cuando el padre, madre o tutor no firme, y la institución puede probar que ha sido notificado fehacientemente, la falta de firma no invalida la sanción.
12. Reparar material o económicamente los daños que hayan cometido sus hijos en el edificio escolar, instalaciones y/o en su equipamiento, y también en actividades escolares realizadas fuera de la institución, una vez que haya sido comprobado su responsabilidad en el hecho.
13. Autorizar a la institución escolar a utilizar la imagen y voz de su hijo para comunicar e informar sobre diversos proyectos y/o actividades institucionales y/o pedagógicas.
14. Presentarse convenientemente vestidos y aseados a la institución, no permitiéndose en ningún caso situaciones extremas como por ejemplo el uso de musculosas, ojotas, pantalones cortos, transparencias, calzas, etc.

DE LOS ESTUDIANTES
Los derechos de los estudiantes son:
1. Respetar su libertad de conciencia, en el marco de la convivencia democrática.
2. Respetar su integridad y dignidad personal.
3. Recibir información de toda normativa vigente que regula la Institución como el presente Acuerdo, incluyendo aquellas que puedan surgir ante situaciones excepcionales, fuerza mayor y/o que pudieren complementar al mismo.
4. Ser calificado en cada asignatura por el grado de conocimiento y/o destreza y en ningún caso ser usada la calificación como instrumento de sanción de falta de disciplina.
5. Ser representado por el Centro de Estudiantes en situaciones vinculadas a la sana convivencia escolar.
6. Convivir pacíficamente, libre de todo tipo de violencia.
7. Recurrir a la mediación para solucionar conflictos, así como a otras modalidades de acuerdos de cambio, favoreciendo el desarrollo de una conducta autónoma y responsable.

Las obligaciones de los estudiantes son:
1. Conocer, respetar y acatar las normas que regulan la vida institucional de la comunidad educativa que integra, incluyendo aquellas que puedan surgir ante situaciones excepcionales, fuerza mayor y/o que pudieren complementar al presente.
2. Respetar la dignidad, integridad física y psicológica de todos los integrantes de la comunidad educativa.
3. Preservar el edificio, instalaciones, equipamiento de la institución; insumos y/o patrimonio de los integrantes de la comunidad educativa y de todas las instituciones públicas y/o privadas en donde se desarrollan actividades curriculares o extracurriculares. Asimismo, deberá contribuir a la seguridad, mantenimiento e higiene.
4. Retirarse del establecimiento en los horarios establecidos y en caso que deba retirarse antes del horario fijado, por situaciones particulares, de las actividades escolares o extraescolares, lo hará únicamente en compañía de su padre – madre – tutor/a o por las personas debidamente autorizadas, firmando en preceptoría el registro correspondiente.
5. Comportarse correctamente dentro y fuera del establecimiento, mientras se desarrollen actividades escolares conforme a las normas de convivencia establecidas en el presente Acuerdo (estudiantina, viajes de estudio, eventos deportivos, etc.).
6. Tener un aspecto aseado en su persona, con cabello limpio, sin rastas. En cuanto a la vestimenta: conjunto de buzo o chaqueta reglamentaria según la ocasión (educación física, clases, actividades extra escolares), o Remera blanca lisa con el logo de la escuela; sin roturas, ni leyendas, con pantalón de color neutro (gama de colores azul, marrón, negro, gris), no calza. Con zapatos o zapatillas limpias. Sin piercings, gorros, sombreros, ni expansores.
7. Cumplir con las normas de higiene y seguridad que regulan a cada actividad de clases prácticas, laboratorios, educación física, actividades extraescolares.
8. El docente podrá autorizar, excepcionalmente, y durante su hora áulica, el consumo de alimentos y bebidas al estudiante; y el consumo de agua.

Conductas Transgresoras: Motivo de charlas reflexivas y/o acciones sancionables.
1. Falta de respeto a cualquier integrante de la comunidad educativa consistente en:
a. Agresión física.
b. Acoso Sexual.
c. Bullying.
d. Cyberbullying.
e. Agresión verbal (insultos, amenazas) y/o agresión psicológica directa o a través de cualquier medio.
f. Gestos, gráficos y/o textos obscenos o indecorosos.
g. Actos o expresiones de discriminación por motivos de raza, color, edad, nacionalidad, religión, sexo, género, política, condición económica o de discapacidad.
2. Falta de respeto a los símbolos patrios.
3. Retirarse sin autorización del establecimiento, actividades escolares o complejo deportivo dentro de la jornada escolar sin la autorización correspondiente.
4. No ingresar a clase, estando presente en la institución, sin la debida justificación.
5. Apropiación indebida de cosas ajenas.
6. Fumar (incluye cigarrillos electrónicos), ingerir bebidas alcohólicas, consumir drogas o cualquier otro tipo de sustancias tóxicas, exhibirlas, promocionar su consumo y/o comercializarlas dentro de los límites del establecimiento, perímetro escolar y/o actividades escolares.
7. Presentación no acorde con las disposiciones establecidas del presente Acuerdo.
8. Ejercer actividad proselitista político- partidaria o religiosa durante el horario escolar y perímetro del establecimiento, sin la expresa autorización de la autoridad escolar.
9. Deshonestidad y/o irresponsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones. Se incluye en este inciso el intento o concreción de fraude de documentos oficiales.
10. Actitudes manifiestas que atenten contra las normas de convivencia armónica y respetuosa.
11. Causar deterioro en forma intencional, en edificio, instalaciones, equipamiento y/o patrimonio del Establecimiento, de los lugares que asisten bajo la responsabilidad de la escuela, zonas de influencia escolar o de cualquier integrante de la comunidad educativa.
12. No contribuir al mantenimiento de la higiene de la institución.
13. Asentar propagandas, leyendas, carteles y/o dibujos, en los lugares no autorizados por la Dirección.
14. Incumplimiento en la presentación de Instrumentos de Comunicación..
15. Portar armas de fuego, armas blancas, gas pimienta, explosivos de cualquier clase, elementos corto – punzantes y/o réplicas de las mismas, incluso cuando éstas no estén en condiciones de ser utilizadas.
16. Faltar a la verdad, soborno, omitir información o todo tipo de transgresión a la ética.
17. Comer y/o beber en las horas áulicas, educación física y laboratorios, salvo autorización del docente.

Graduación de las sanciones disciplinarias:
Las sanciones disciplinarias serán aplicadas siempre como instrumento educativo y con la finalidad fundamental de la toma de conciencia y el cambio de actitud del estudiante, en orden a su realización como persona responsable y en el mantenimiento de un clima institucional armónico y respetuoso.
El encuadre de este Acuerdo contempla dos tipos de dispositivos de intervención institucional complementarios, en caso que el estudiante transgreda las normas:

 1. Acuerdos de Cambio.
     2. Sanciones disciplinarias.

1.Los Acuerdos de Cambio promueven el desarrollo del autoconocimiento, el autocontrol y el comportamiento autónomo responsable del estudiante. Las modalidades de Acuerdo de Cambio son las siguientes:
1. Reparación del daño realizado: Si se ha hecho un daño, se lleva a cabo una reparación. El daño puede ser moral o material y la reparación también lo será. Esta modalidad podría ser complementaria a una sanción disciplinaria.
Ante la destrucción total o parcial de un elemento perteneciente a la escuela o que circunstancialmente se encuentre en ella se genera la obligación de restituirlo al estado en que se encontraba en un término no mayor a 72 horas, caso contrario el alumno será suspendido hasta que se haga efectiva la devolución sin perjuicio de que la autoridad determine la aplicación de sanción disciplinaria.
2. Contrato de cambio: Esta modalidad busca la modificación conductual y adopta la modalidad de un “Contrato de cambio de comportamiento” en un tiempo determinado, formalizado a través de un “Acta Acuerdo”, la cual consiste en suspender la sanción con el objeto de que el estudiante que haya transgredido una norma, muestre cambios de comportamiento; de lo contrario, la sanción se aplicará. También puede instrumentarse como complementaria a una sanción disciplinaria.
3. Trabajos comunitarios y experiencias en otros contextos. Como alternativa a la sanción se propone al alumno experiencias que favorezcan la empatía y el sentido comunitario, promoviendo la conducta saludable.
4. Intervención con fines de mediación. Se aplicará ante situaciones de conflicto entre actores institucionales. Consiste en un espacio de diálogo y esclarecimiento de la situación que permita generar un acuerdo entre los involucrados, tendiente a restaurar el vínculo positivo entre ellos en función de la convivencia escolar.
5. Colaboración con la institución a través de elementos de higiene, botiquín, etc.

2. Sanciones disciplinarias.
Para sancionar con equidad y justicia se observarán los aspectos de proporcionalidad y gradualidad:
1. Antecedentes de sanciones.
2. Perjuicios ocasionados.
3. Aceptación y toma de conciencia de la falta cometida.
4. Intencionalidad de la falta cometida.

Las sanciones a aplicar serán:
Suspensión: (Separación transitoria o temporal del establecimiento): Puede alcanzar de 1 (uno) a 5 (cinco) días consecutivos. Las inasistencias en las que incurra el alumno suspendido serán computadas como injustificadas con las consecuencias que esto implica. El alumno deberá realizar las tareas escolares correspondientes y en caso de evaluación la misma será realizada el primer día que asista a la materia correspondiente, caso contrario la calificación será 1 (uno).

IMPORTANTE:
• Cuando se compruebe fehacientemente que la aplicación de la sanción ha sido comunicada a los padres y/o tutores, y el responsable no se notifica, la falta de la firma no invalida la sanción.
• Los llamados de atención y sanciones serán acompañados de citación a los padres.
• Los Sres. Padres deberán notificarse en forma fehaciente (firmar la libreta de comunicaciones).
• En caso de citación a los Sres. Padres, los mismos deberán asistir a la escuela en el día y horario fijados para notificarse, caso contrario el alumno no se considerará presente hasta tanto se efectivice la notificación.
• Todo incumplimiento y/o situación que no se encuentre encuadrado en algún ítem será evaluado en el Consejo Escolar de Convivencia y notificado a los Sres. Padres.
• La Escuela será responsable de la seguridad de los alumnos durante el horario escolar establecido que es debidamente informado al comenzar el ciclo lectivo.
• La institución no organiza y ni auspicia todo lo referido a “viajes de fin de curso o denominaciones similares”. Por lo expuesto, no asume responsabilidad al respecto del mismo, siendo dichos eventos de absoluta responsabilidad del padre, madre, tutor/a. Cabe mencionar que las inasistencias no serán justificadas si se producen durante los periodos de clases efectiva.